¿Cómo quedan las retenciones para el campo?
La Fundación Barbechando presentó el nuevo esquema de retenciones para el agro.
Por Redacción El Agrario | 17-12-2019 10:54hs
El gobierno, habilitado por el tope porcentual establecido por el gobierno de Macri, publicó el Decreto 37/19 que habilita el aumento de los derechos de exportación: la soja vuelve al 30%, maíz, trigo, sorgo, girasol y cebada quedan en el 12%. Se establece una alícuota del 9% para otros productos y algunos mantienen el gravamen de $3 por dólar. Se cerraron los registros de exportaciones para el lunes.
Valiéndose del decreto publicado por Mauricio Macri que permitía el aumento de los Derechos de Exportación hasta un 30% para lasoja y 12% para el resto de los productos, el gobierno de Alberto Fernández autorizó ese tope. De esta forma, trigo, maíz, sorgo, girasol y cebada, que tributaban con una alícuota de 6,7%, con el nuevo decreto, pasan a tributar el 12%.
La harina, el aceite y los pellets de soja, que tributaban un 24,7%, ahora pasarán a hacerlo con un 30%; mientras que la carne y la leche y algunos productos de las economías regionales tributarán 9% de retención.
Conocé los cambios, uno a uno:
Animales vivos (Estaba en 12 % con tope de $ 4 y pasa a 9 %).
Carnes y despojos comestibles (Estaba en 12 % con tope de $ 3 y pasa a 9 %).
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural (Estaba en 12% con tope de $ 3, se mantiene el tope excepto en Leche en Polvo que va a 9%).
Los demás productos de origen animal (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene el tope en los productos de mayor valor agregado y el resto pasa a 9 %).
Plantas vivas y productos de la floricultura (Estaba en 12 % con tope de $ 4, se baja el tope a $ 3).
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene el tope excepto las Legumbres que pasan a 9%).
Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Café, té, yerba mate y especias (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Cereales (Estaba en 12 % con tope de $ 4, excepto el arroz que tenía un tope de $ 3. En el nuevo esquema quedan todos los cereales a 12% excepto las exportaciones de semilla para siembra que tendrán un tope de $ 3 y en el caso del arroz se aplicará 9% excepto el arroz paddy sin procesar que pasa a 12%).
Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina y gluten. (Estaba en 12 % con tope de $ 3. En el nuevo esquema quedan todos al 9% excepto algunos productos de mayor valor agregado que mantendrán el tope de $ 3).
Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje. (Granos y Harina de soja tenían ya tenían una alícuota del 18% que se mantiene en el nuevo esquema. Al 18% se adicionaba el 12 % con tope de $ 4 y ahora directamente el 12% al eliminarse el tope por lo que estas posiciones quedan en 30%. El resto tenía 12% con tope de $ 4, excepto el maní y el girasol que tenía un tope de $ 3. En el nuevo esquema quedan todos al 12% excepto las semillas para siembra que tienen un tope de $ 3 por dólar estadounidense.).
Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Materias trenzables y demás productos de origen vegetal (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal (Aceites de soja y sus mezclas ya tenían ya tenían una alícuota del 18% y del 10 % para el refinado que se mantiene en el nuevo esquema. A ese derecho se sumaba el 12 % adicional con tope de $ 4. Ahora quedan en 30% y 22% respectivamente. El resto de los productos del capítulo tenían un tope de $ 3. En el nuevo esquema pasan a 12% los aceites y 9% las grasas animales manteniéndose el tope de $ 3 para el aceite de oliva, de cártamo y otros aceites vegetales no tradicionales).
Preparaciones de carne, pescado y otros (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Azúcar y artículos de confitería (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Cacao y sus preparaciones (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios con excepción del maní que va a 9%).
Preparaciones alimenticias diversas (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre (Estaba en 12 % con tope de $ 3, se mantiene sin cambios).
Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales (Subproductos del complejo soja ya tenían ya tenían una alícuota del 18% que se mantiene en el nuevo esquema. A ese derecho se sumaba el 12 % adicional con tope de $ 4. Ahora quedan en 30% sin tope en pesos. El resto de los productos del capítulo tenían un tope de $ 3 y en el nuevo esquema se elimina el tope y pasan a 12% con la excepción de los alimentos para perros y gatos para venta al por menor para los que se mantiene el tope en $ 3 por dólar).
Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados (Estaba en 12 % con tope de $ 4 para tabaco sin procesar que sin tope queda en 12% y $ 3 para tabaco procesado que en el nuevo esquema pasa al 9 %).
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera (Estaba en 12 % con tope de $ 3 se mantiene ese tope con excepción de la leña, el carbón y la madera en bruto que pasan a 9%).
Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos). (Estaba en 12 % con tope de $ 3 se mantiene ese tope para papel o cartón para reciclar y para el resto se elimina el tope por lo que pasa a 9%).
Lana (Se quitó el tope de $ 3 exclusivamente a la lana sin cardar ni peinar que pasa al 9%).
Algodón bruto (Se quitó el tope de $ 3 al algodón en bruto quedando en 12% el algodón sin desmotar y en 9% el algodón desmotado)