Resolución CNTA

Aumento salarial y mejores condiciones para los olivícolas

Se dispusieron las nuevas remuneraciones mínimas y condiciones de trabajo para la actividad que se realiza en las provincias de La Rioja, Catamarca, Mendoza y San Juan.

Por Redacción El Agrario | 10-10-2019 11:53hs

En una nueva resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) se dispusieron las nuevas remuneraciones mínimas y condiciones de trabajo para la actividad olivícola que se realiza en las provincias de La Rioja, Catamarca, Mendoza y San Juan.

La medida comprende a los trabajadores que prestan servicios tanto en la actividad primaria como en la accesoria, con independencia del destino de la producción, así como de la modalidad del contrato de trabajo que puede ser de prestación continua, de temporada o permanente discontinuo según lo establece la Resolución 242. Cabe destacar que es la primera vez que se “nacionaliza” la negociación de esta actividad con el aval de las entidades agropecuarias y el gremio de los trabajadores rurales, UATRE.

A su vez, se dividieron las categorías profesionales en jerárquicos, que puede ser: capataz, encargado y encargado de calidad y en las otras categorías como producción, mantenimiento, transporte, auxiliar y de riesgo, se establecieron las remuneraciones mínimas teniendo en cuenta su aptitud y conocimiento para la actividad, producción, mantenimiento, transporte, auxiliar y de riesgo.

Por primera vez se debatió sobre la capacitación y el entrenamiento de los trabajadores olivícolas con el objetivo de adecuarlos a los avances tecnológicos y sostener una posición competitiva del sector.

Por primera vez se debatió sobre la capacitación y el entrenamiento de los trabajadores olivícolas con el objetivo de adecuarlos a los avances tecnológicos y sostener una posición competitiva del sector. Los productores podrán brindar cursos, prácticas y/o entrenamientos que deberán ser realizados en horario de trabajo.

Con respecto a los elementos de protección personal que deben tener los trabajadores para realizar sus actividades normalmente, se estableció como obligatorio para el empleador proveer las máscaras protectoras, antiparras, guantes y prendas que cubran el cuerpo cuando realicen fumigaciones y pulverizaciones de las plantas

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