Nuevos requisitos zoosanitarios para importar animales de cría
El Grupo de Mercado Común establece requisitos para la importación de bovinos, bubalinos, avícolas, porcinos y equinos.
Por Redacción El Agrario | 27-09-2019 04:14hs
El ordenamiento jurídico nacional se amplía luego de la incorporación de dos resoluciones del Grupo de Mercado Común, órgano ejecutivo del Mercosur. Enlas resoluciones del GMC se estipulan requisitos zoosanitarios aplicables a los estados parte para la importación de bovinos, bubalinos, avícolas, porcinos y equinos.
Los requisitos abarcan a los bovinos y bubalinos destinados para el engorde y faena inmediata y semen congelado de ambas especies. A su vez, concierta requisitos para el ingreso de équidos para faena inmediata, embriones equinos y semen congelado, huevos de ave de corral para incubación, aves de corral de un día; y cerdos domésticos para reproducción.
En virtud a lo determinado por el Grupo de Mercado Común, todas las importaciones de éstas especies deberán estar acompañadas por un Certificado Veterinario Internacional (CVI), expedido por la Autoridad Veterinaria del país exportador.
El CVI deberá ser previamente acordado entre el país exportador y el importador. Será la constancia de que se cumplen los requisitos zoosanitarios, y tendrá una validez de 10 días a partir de su emisión.
Las pruebas de diagnóstico y vacunaciones deberán seguir el Manual de las Pruebas de Diagnóstico y de las vacunas para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), y deberán ser llevadas a cabo en laboratorios oficiales, acreditados por la Autoridad Veterinaria del país exportador.