BANCO CENTRAL

Restricciones a empresas para acceder al mercado de cambios

Por Valeria Pirotta | 31-05-2020 11:30hs

Este jueves 28 de mayo de 2020, luego de la reunión del Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) este informó tres nuevas medidas respecto al acceso de empresas al mercado de cambios:

  • Dispuso que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior. Es decir, deberán pagar sus deudas en el extranjero con los dolares declarados en cuentas en el exterior.
  • Se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.Es decir, se extendió a 90 días antes y después (era de 30 días) el período permitido para comprar o vender títulos en pesos que se liquidan en dolares, si quieren acceder al mercado de cambios.
  • Dispuso nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes. Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020. Es decir, las empresas que quieran cancelar deudas comerciales en el exterior deben solicitar autorización previa para comprar dólares si su deuda actual es inferior a la que tenían al comienzo del año. Se estima que esta medida es para evitar especulaciones respecto a posibles devaluaciones (a causa de las negociaciones por la deuda) ,situación que estimuló en los últimos meses a que las empresas con deuda en el exterior apresuren la cancelación de las mismas.

El Gobierno nacional enfatiza sobre los esfuerzos que está realizando para asistir a las empresas afectadas por la crisis generada por la pandemia, entre ellos el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos.

En este sentido y respecto a estas medidas el BCRA expresa que las mismas tienen el objetivo de estimular "el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior".

Por último, la información emitida por el Banco Central dispone que todas las operaciones requieren de una declaración jurada. En caso de ser falsa, las empresas serán penadas con el bloqueo en su capacidad de acceder al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes.

Estas certificaciones se realizan a través de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio)

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