Trabajo registrado

Trámites en el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores

El Agrario te informa acerca de cómo realizar los trámites de registración de empleadores y trabajadores rurales.

Por Redacción El Agrario | 08-10-2019 12:08hs

El registro en el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE)  es obligatorio tanto para los empleadores como para los trabajadores rurales.

La registración del empleador se realiza únicamente de forma on line a través del Portal RENATRE (https://portal.renatre.org.ar/). Los datos ingresados al momento de registrase como empleador o de registrar a un trabajador tienen carácter de declaración jurada, y por lo tanto no es necesaria la presentación de ninguna documentación para finalizar la registración.

El trabajador puede registrase por su cuenta o ser registrado por el empleador. Una vez inscripto obtiene la Libreta de Trabajo Rural (LTR), que es un documento personal, intransferible y probatorio de la relación laboral. Su uso es obligatorio para todos los trabajadores, deben exhibirla al inicio de cada relación laboral y conservarla en su poder.

En caso de ser registrado por el empleador, este lo hace a través de su cuenta del Portal RENATRE y puede gestionar la LTR indicando el lugar de retiro de la misma, que puede ser la Delegación o la Boca de Expendio y Recepción (BER). Si el empleador no completó su registración como empleador o del establecimiento no podrá dar de alta al trabajador.

Si el trabajador tramita su registro y solicita su Libreta, lo puede hacer en la Delegación Provincial, la BER o de forma on line, creándose una cuenta en el Portal RENATRE.

  • Si el trámite lo realiza en la Delegación, la entrega de la Libreta de Trabajo es inmediata.
  • Si el trámite lo realiza en la BER, la entrega de la LTR se realiza en un plazo de hasta 10 días de solicitada la misma.
  • Si el trámite lo realiza a través de su cuenta del Portal RENATRE; si selecciona retirar por la Delegación, el plazo de entrega de la LTR es de 48 horas de solicitada la misma; si selecciona retirar en la BER, el plazo de entrega de la LTR es de hasta de 10 días de solicitada la misma.

Para dar de baja un trabajador, el empleador lo puede realizar de manera on line, indicando el motivo de la baja, que puede ser por un error de carga o porque terminó la relación laboral, en el último caso, deberá previamente dar la baja en AFIP.

Para darse de baja como empleador, solamente se puede hacer de manera presencial en la Delegación de RENATRE, presentando una nota que fundamente la solicitud y la baja de actividad rural en AFIP.

Para mayor información ingrese a: http://www.renatre.org.ar

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