Ley de Envases

El oficialismo propone cobrar una tasa a la utilización de envases

Se trata de la Tasa Ambiental de Responsabilidad Extendida del Productor (TAREP). Se cobrará hasta un 3 % por cada envase que se introduzca al mercado y que no sea retornable, reciclable o amigable con el medio ambiente.

Por Patricio Detto | 23-11-2021 06:00hs

Un proyecto de ley de los diputados del Frente de Todos propone gravar la utilización de envases no reutilizables ni reciclables por un monto de hasta un 3 % por cada uno en relación a su precio mayorista. Explicaron que lo que se propone es reducir la contaminación ya que el pago de este concepto lo deberán realizar aquellas industrias que utilicen envases que no se puedan reciclar. Para evitar pagar esta nueva tasa, las empresas deberían comenzar a utilizar envases reciclables o retornables, que sean amigables con el medio ambiente.

“Se propone crear la Tasa Ambiental de Responsabilidad Extendida del Productor (TAREP) que se aplicará sobre los envases que determina el proyecto que deberá ser pagada por los productores que coloquen en el mercado los bienes”, explica el proyecto presentado desde la bancada oficialista de Diputados. Esta tasa será recaudada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y el dinero se destinará a un fideicomiso que será administrado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación a cargo de Juan Cabandié.

Según lo establece el proyecto, este fideicomiso “servirá para fortalecer los sistemas públicos de gestión de envases, promover la inclusión de las y los recicladores, impulsar la valorización de los envases y fomentar el desarrollo del ecodiseño”.

Cabe aclarar que el proyecto define al productor de la siguiente manera: “Se define como productor a aquel que en su calidad de fabricante o importador inserte por primera vez en el mercado un producto envasado o embalado, aun cuando la venta fuere a realizarse a uno o varios intermediarios previos al consumidor final”.

La primera polémica en torno a la iniciativa fue de si se trataba de una Tasa o de un Impuesto, discusión que no modifica el impacto que esto tendrá sobre los consumidores. El mismo proyecto de ley, en sus fundamentos, explica que se espera que el resultado de la implementación de esta tasa “generará un efecto que no superará el 0,6 % del valor de la canasta básica”.

"El proyecto no es un impuesto, es una tasa ambiental, contemplada en el derecho ambiental y se calcula según el envase que se utilice de acuerdo a la Unidad de Gestión del Envase. Es decir, cuanto más amigable con el ambiente sea el envase, menor será la tasa", precisó el diputado nacional Federico Fagioli, del Frente Patria Grande, espacio político liderado por Juan Grabois.

El diputado nacional del Frente de Todos, Itai Hagman, detalló que el proyecto "busca resolver el problema con un doble objetivo: a través de la tasa variable al productor, desincentivar el uso de los envases más contaminantes". Por su parte, Juan Cabandié, afirmó: "Se trata de un principio que aplican las naciones más desarrolladas. Se crea una tasa que tiene como techo el 3 % del precio mayorista, que varía según el material utilizado".

Otros puntos que establece el proyecto de ley es que cada productor estará obligado a presentar su Declaración Jurada Anual de Envases ante el Ministerio de Ambiente, antes del 31 de diciembre de cada año y abonar la Tasa Ambiental. Además, los distribuidores y comercializadores deberán proveer en sus instalaciones espacios de recepción primaria y almacenamiento. Los consumidores y usuarios también deben, también según el proyecto, desprenderse de los residuos cumpliendo pautas establecidas.

De no cumplir con lo establecido en la ley, se prevén una serie de sanciones contra los infractores. Se podrán aplicar sanciones que alcancen “una multa desde 900 hasta 900.000 Unidades Retributivas del escalafón correspondiente al Sistema Nacional de Empleo Público (Sinep); suspensión de la actividad de 30 días hasta 1 año, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso; cese definitivo de la actividad y clausura de las instalaciones, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso”.

 

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