Administración General de Puertos

Extienden bonificación del 20% en las tarifas portuarias

La resolución, aplicable para los conceptos devengados en julio, agosto y septiembre de 2020, dispone también la opción de prórroga de los pagos ya sean totales o parciales, correspondientes a esos períodos, a liquidarse a partir del mes de octubre en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Por Marcelo Frankel | 15-07-2020 02:04hs

Fue extendida la bonificación del 20% aplicable a los valores a abonar por la ocupación de espacios o inmuebles sitos en las estaciones fluviales y marítimas de la Argentina, para los conceptos devengados en julio, agosto y septiembre de este año 2020, según informó la Administración General de Puertos (AGP).

Publicada en el Boletín Oficial, la resolución 29/2020 que dispone también la opción de prórroga de los pagos, ya sean totales o parciales, correspondientes a esos períodos y conceptos, a liquidarse a partir del mes de octubre en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Al mismo tiempo, la autoridad portuaria instauró la pérdida de pleno derecho de los beneficios de bonificación y postergación de los pagos, para los permisionarios a quienes se les comprobaran despidos o suspensiones de personal sin justa causa o por causales derivadas de falta o disminución de trabajo o fuerza mayor.

La normativa explicita que es conveniente tomar estas medidas en forma excepcional, buscando contribuir con el gobierno nacional, con el fin de lograr disminuir los efectos de la pandemia de coronavirus.

Desde la entidad portuaria, se puntualizó que las normas adoptadas ponen el foco de atención principalmente, “en la comunidad portuaria y, con especial orientación, a garantizar la conservación de los puestos de trabajo existentes, circunstancia que se torna fundamental para el funcionamiento armónico del sistema portuario”.

En una segunda resolución también publicada en el Boletín oficial, la 28/2020, la Administración General de Puertos impuso una bonificación del 100% sobre los pasajeros mínimos a liquidar, en concepto de tasas portuarias, a los pasajeros y vehículos ferrys, para las firmas Naviera HM, Sturla y Adriana Orlando. Además dispuso una bonificación del 100% sobre el importe mínimo en concepto de pasajero y vehículo embarcado, respecto del permisionario Ocean Export.

Las bonificaciones son de aplicación para los conceptos devengados en los meses de abril a septiembre de este  año 2020, como medida excepcional por el contexto de pandemia de COVID-19 que atraviesa la Argentina y el mundo.

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Fuentes: Télam.

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