Decreto N°1060

No se aplicarán retenciones a una decena de productos del campo

A partir de enero las economías regionales no pagarán impuesto a las exportaciones. Se verán beneficiadas las producciones yerbateras, cítricos y miel, entre otras.

Por Marisa Massaccesi | 05-01-2021 06:30hs

Una serie de producciones de las economías regionales de todo el país fueron eximidas de retenciones a la exportación, de acuerdo a una medida tomada por el Gobierno Nacional, que se cristalizó a través de la firma de un decreto por parte del Presidente Alberto Fernández.

Tal es el caso de la provincia de Corrientes, que tiene varias cadenas productivas y que gozarán de este beneficio al eliminar los derechos de exportación para una treintena de producciones regionales.

En tal sentido, el presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, el correntino José Aragón, expresó: “Hay una decisión clara del gobierno del presidente Alberto Fernández y de la vicepresidenta Cristina Kirchner de acompañar a las economías regionales”.

Según lo establecido en el Decreto N°1060, publicado el jueves 31 de enero en el Boletín Oficial, la medida alcanza a varias cadenas productivas que se desarrollan en la provincia: tomate, pimiento, miel, mandioca, cítricos dulces, cítricos, infusiones (té y yerba mate), alimentos en base a frutas, jugos de frutas y aceites y esencias de cítricos.

La normativa alcanza a los productores de alimentos y bebidas de las distintas regiones argentinas, que representan al 41% del empleo del sector y que generan un 24% del total de las exportaciones del rubro. La eliminación del arancel incluye modificaciones arancelarias para productos no agrarios.

Se beneficiarán con el nuevo arancel 0% las siguientes cadenas: carne ovina y caprina, huevos, acuicultura, apícola, productos hortícolas (tomate, pimiento, cebolla, ajo, puerro, espárrago, etc.), hongos, olivícola, maíz pisingallo, legumbres, papa y mandioca.

La medida también alcanzará a la producción de frutos secos, frutas tropicales, cítricos dulces, cítricos, uva en fresco y pasas de uva, cucurbitáceas, frutas de carozo, frutas finas, peras y manzanas, infusiones, semillas, quínoa, especias, alfalfa, alimentos en base a frutas, jugos de frutas y aceites y esencias de cítricos.

Fundamentos del decreto

En el documento firmado se manifiesta que “en cuanto a los bienes agroindustriales, se identificó en una primera revisión la potencialidad de determinadas economías regionales en términos de crecimiento de las inversiones, la producción y las exportaciones que generará creación de empleo en forma directa e indirecta en todas las provincias del país”.

En otro párrafo del decreto, se agrega que “se fija para esas mercaderías un Derecho de Exportación del Cero por ciento (0 %) como medida concreta para contribuir a aumentar la producción y las exportaciones, apoyando a los productores y las productoras y las cadenas de valor asociadas y de esta forma recuperar los niveles históricos de exportación, fomentando el desarrollo de la industria exportadora nacional”.

Según información brindada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, estas economías involucran de manera directa a 192.000 trabajadores y representan al 41% del empleo en la industria de alimentos y bebidas, extendida en todo el país.

En este contexto, el ministro de Agricultura, Luis Basterra, expresó que “esta medida viene a acompañar el gran esfuerzo que han venido sosteniendo los productores de estas economías para sostener la producción y abrir nuevos mercados en un contexto complejo como el de este año”.

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