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Novedades Afip

Por Redacción El Agrario | 05-07-2020 02:00hs

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) informó las últimas disposiciones tomadas para contribuir a una mejor atención y cumplimiento de las obligaciones fiscales.

 

Libro de IVA Digital

Por un lado, la administración dispuso que a partir del período fiscal junio de 2020 entra en vigencia la obligación de registrar electrónicamente las operaciones a través del Libro de IVA Digital para los responsables inscriptos en el IVA que:

• fueron obligados a presentar el Régimen de Información de Compras y Ventas con anterioridad al 1 de octubre de 2019 y

• hayan realizado ventas por un monto de hasta $ 500.000 entre operaciones gravadas, exentas y no gravadas en IVA durante el 2018

Es importante aclarar que se encuentran obligados a su uso también, quienes hayan optado previamente por registrar electrónicamente las operaciones mediante la generación y presentación del “Libro de IVA Digital” (desde el momento de la opción) y los sujetos mencionados en el cronograma de aplicación (desde el período previsto en el mismo).

Para mayor información o consultas se puede ingresar al micrositio Libro de IVA Digital (clik aquí). 

 

 

Presentaciones digitales

A fin de adaptar la modalidad de atención a las nuevas restricciones impulsadas por el Gobierno nacional, la Afip estableció un plazo excepcional hasta el 31 de julio en el que será obligatoria la utilización del servicio con clave fiscal “Presentaciones Digitales” para todas las comunicaciones y gestiones que se desee realizar ante la AFIP.

Fuente: Resolución General AFIP N° 4685/2020

 

Telegramas laborales

La Afip creó un servicio para que los trabajadores puedan informar las intimaciones que realicen a sus empleadores.

De esta manera, cuando un empleador no registra una relación laboral, o lo hace indebidamente, indicando una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración menor a la que abona al trabajador, este último podrá enviarle una intimación para que regularice la situación. Para que los efectos legales de la intimación se cumplan, es necesario que se remita una copia del telegrama a Afip, razón por la cual se creó el servicio “Telegramas laborales”, para facilitar este proceso.

Se podrá acceder al servicio a través de la página web de este organismo, con clave fiscal nivel 2 o superior, o mediante la plataforma web del banco con el que opere el trabajador, a fin de realizar la carga virtual del telegrama y cumplir con la debida notificación.

 

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