REGLAMENTACIÓN SANITARIA

Nuevo requisito para el transporte de uva para vino

Desde el 22 de febrero, la uva para vinificación deberá ser trasportada con el DTV-e de uso obligatorio desde 2015 según normativa del Senasa.

Por Valeria Pirotta | 19-02-2021 12:00hs

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informó que a partir del 22 de febrero toda uva que se transporte para ser vinificada deberá contar durante todo su traslado desde la finca productiva hasta la bodega, con el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e).

Hasta el momento, esta documentación se requería solo para las uvas de consumo en fresco y ciertos caso de vinificación, según establece la Resolución N° 31/2015 del organismo, pero desde el próximo lunes será obligatoria para toda uva trasportada para hacer vino, en todo el país.

El Senasa señaló que el DTV-e se emite en forma gratuita por autogestión a través del sistema informático Sig-DTV, para lo cual, los productores necesitan tener sus establecimientos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) y realizar la actualización de datos, que es anual y obligatoria.

El DTV-e podrá ser solicitado por los agentes de control sanitario que realizan fiscalizaciones en las rutas del territorio nacional. Es un documento gratuito y obligatorio que contribuye a controlar y erradicar la propagación de plagas, para una mejor y mayor calidad y sanidad de los alimentos que se producen, comercializan y consumen.

 

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