BOLETÍN OFICIAL

Reducción al 0% de retenciones en distintas economías regionales

Por Redacción El Agrario | 28-06-2021 05:08hs

A través del Decreto 410/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial se redujeron a cero el derecho de exportación de diferentes actividades productivas referidas a economías regionales.

De esta manera el Gobierno nacional decidió eliminar las retenciones de las abejas reinas, siendo su producción la base de esta actividad; los huevos, se consideraron los fertilizados, como los frescos y los conservados o cocidos, tanto de gallina como de otras aves, no tributaran retenciones mientras que antes lo hacían en un 4,5%.

Por otra parte, se tuvo en cuenta el apoyo a la investigación y desarrollo aplicada a obtener semillas o materiales iniciales con las mejores características genéticas para la obtención de productos de consumo o intermedios de alta calidad nutricional e industrial. En este marco, se redujo a cero el derecho de las papas, quinoa y sésamos para siembra, que contaban con un tributo de 4,5%.

Sobre las especias, se consideraron tanto las que se producen en nuestro territorio, como otras que no es posible por condiciones agroecológicas específicas, pero en todos los casos, se trata de productos a los que se les agrega valor, mediante diversos procesos de industrialización. Este grupo está integrado por pimientas, vainilla, canela, tomillo, hojas de laurel, entre otros, y la retención a partir de esta medida será cero, mientras que antes tributaban 4,5%.

Asimismo, con el objetivo de promover la inversión, el agregado de valor y la generación de puestos de trabajo, se redujo el derecho de las presentaciones envasadas (contenido inferior o igual a 2 kilogramos) de productos como arroz, maní, maíz pisingallo y girasol. En el caso del arroz, se trata de una importante economía regional de provincias de Corrientes, Entre Ríos, Santa Fe, Formosa y Chaco. Estos productos tributaban entre 4,5% y 6% y a partir de la puesta en vigencia de la actual medida, algunas posiciones arancelarias contarán con alícuota de cero. Es el caso del arroz con cáscara para siembra, y las demás correspondientes a arroz con diversos procesos industriales, siempre presentados en envases de contenido igual o menor a 2 kg, contarán con alícuotas de 5%, 4,5% y 3%, mejorando su situación anterior.

Respecto al maní, su cadena agroalimentaria se localiza principalmente en la provincia de Córdoba, aunque también se cultiva e industrializa en San Luis, La Pampa, Buenos Aires, Salta, Santa Fe y Jujuy, siendo gran proporción de su producción destinada a los mercados internacionales (90%).Los productos beneficiados son específicamente los fraccionados en envases de contenido igual o menor a 2 kg. En el caso de los pertenecientes a la partida 2008.11.00, se encuentran productos con alto valor agregado, como la manteca de maní cuyo DE se llevó a cero, mientras que antes tributaba 5%. Por otro lado, entre los maníes correspondientes a la partida 1202.42.00, se encuentra al maní tipo confitería y partido, que ahora tributarán 4,5% (antes tributaban entre 5% y 7%).

Resolución oficial (clic aquí).

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