LEY N° 27.569 EMERGENCIA AGROPECUARIA-CÍTRICOS

Cadena citrícola: la AFIP renovó beneficios fiscales en 8 provincias

La medida alcanza a productores de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca.

Por Marisa Massaccesi | 18-06-2021 02:30hs

Productores, empacadores, comercializadores, industrializadores, contratistas o viveristas de la cadena de producción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca fueron alcanzados por la renovación de los beneficios fiscales otorgados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Según consta en la resolución general 5009/2021, publicada en el Boletín Oficial, el organismo extendió el plazo para la presentación y el pago de las declaraciones juradas sobre las contribuciones de la seguridad social, lo que significa que, los vencimientos que operan hasta el 19 de junio se consideran cumplidos en término si se efectúan hasta el 31 de julio próximo.

Otros beneficios

La normativa de la AFIP también prorrogó beneficios tales como: la suspensión de intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, traba de nuevas medidas cautelares y el cobro de las deudas reclamadas.

La solicitud de los beneficios por parte de las empresas se realiza mediante el servicio "Presentaciones Digitales" del ente recaudador. Allí se deberá seleccionar la opción "Ley de Emergencia - Cadena de producción de cítricos", hasta el 16 de julio próximo.

La presentación deberá estar acompañada del certificado expedido por la autoridad provincial competente y el informe emitido por contador público independiente.

La medida dispuesta por la AFIP para estas provincias es de destacar, ya que la citricultura es una de las actividades que más mano de obra genera y con estos nuevos beneficios fiscales la cadena citrícola podrá contar con nuevas herramientas para hacer frente a la situación que viene atravesando.

 

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